Article | 15 jan, 2021

La agenda europea para reducir impactos ambientales en las cadenas de valor

Por Tammy Vallejo - Varias iniciativas se desarrollan en la Unión Europea para regular las actividades de las empresas y prevenir los impactos negativos de sus actividades, incluyendo daños ambientales, a lo largo de toda la cadena de suministros. Se prevén dos propuestas normativas para este año basadas en la debida diligencia empresarial sobre los derechos humanos y el medio ambiente.

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Photo: Pixabay

Las cadenas de suministro y sus impactos sobre el medio ambiente

Las actividades de las empresas a través de complejas cadenas globales de suministros, que incluyen a menudo un gran número de proveedores o subcontratistas, conllevan riesgos de impactos negativos sobre los derechos humanos y el medio ambiente. Un claro ejemplo de los impactos ambientales de las actividades empresariales puede verse en el sector agrícola y forestal.

Se ha calculado que la Unión Europea es responsable de aproximadamente el 10% de la deforestación global a través del consumo de productos como la soja, carne, el aceite de palma, café, cacao, maíz, etc., que son importados de terceros países y cuyo cultivo está asociado a la deforestación, la degradación de los bosques y la pérdida de biodiversidad en los países productores.

La debida diligencia y su carácter voluntario

La debida diligencia es el proceso que permite a las empresas identificar, prevenir y atenuar los impactos negativos, reales o potenciales, de sus actividades, así como informar la manera en que se 

abordan estos impactos. Incluye los impactos negativos originados por las empresas o que estas contribuyen a generar, o aquellos que están directamente relacionados con sus actividades, productos o servicios en virtud de una relación comercial.[1] Por ejemplo, a través de sus subcontratistas, sucursales, proveedores, etc.,

El deber de las empresas de implementar la debida diligencia ha sido incorporado en varios estándares y guías internacionales como los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos de Naciones Unidas y las Líneas Directrices de la OECD para Empresas Multinacionales. Sin embargo, la gestión responsable de riesgos hacia terceros y el medio ambiente en las cadenas de suministros por parte de las empresas se mantiene en el ámbito voluntario.

Un estudio reciente de la Comisión Europea denominado estudio sobre requisitos para debida diligencia a través de las cadenas de suministro (original en ingles titulado: Study on due diligence requirements through the supply chain)  encontró que de 334 empresas encuestadas, apenas un 37% manifestó realizar algún tipo de debida diligencia en materia de ambiente y derechos humanos, y solo el 16% manifestó cubrir la totalidad de su cadena de suministro.

Medidas obligatorias en la mira para respetar los derechos humanos y el medio ambiente en la Unión Europea

A la fecha hay dos iniciativas que buscan introducir normas obligatorias en la Unión Europea en materia de debida diligencia.

La primera, de carácter horizontal, busca exigir a las empresas europeas la integración de la debida diligencia ambiental y de  derechos humanos en sus operaciones en  sus cadenas de suministros. El Comisario de Justicia de Europa se comprometió a presentar una propuesta en el 2021 que incluiría obligaciones legalmente vinculantes, sanciones efectivas, un régimen de responsabilidad civil y mecanismos de acceso efectivo a la justicia para las víctimas de  malas prácticas empresariales. En paralelo, el Parlamento Europeo trabaja en una iniciativa legislativa sobre el tema.

En octubre pasado se adoptó en el mismo Parlamento una iniciativa de carácter sectorial en materia de deforestación y degradación de bosques y ecosistemas naturales. La iniciativa recomienda a la Comisión adoptar normativa basada en los requisitos obligatorios de debida diligencia para todas las empresas que introduzcan en el mercado de la Unión productos básicos que entrañen riesgos para los bosques y los ecosistemas naturales y para productos derivados de dichos productos básicos. También incluye un régimen de responsabilidad y sanciones, además de obligaciones de consulta y transparencia para quienes comercialicen estos productos.

Con arreglo a las medidas propuestas, la comercialización lícita en el mercado de la Unión solo sería posible cuando los operadores económicos pudieran demostrar, como resultado de su proceso de debida diligencia, que todo riesgo detectado se ha mitigado de manera que llegue a ser, a lo sumo, insignificante. La iniciativa incluye el respeto a los derechos humanos y los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales sobre las tierras y territorios afectados por la recolección, extracción y producción de los productos.

Los impactos fuera de la Unión Europea

Estas medidas tendrán un impacto más allá de las fronteras de la Unión Europea especialmente para países que exportan productos al mercado de la Unión. Es esencial que estas iniciativas no pierdan de vista las necesidades de los pequeños agricultores y trabajadores en países productores del Sur Global que carecen de los medios para ajustar sus prácticas.

En este marco, es esencial pensar en medidas complementarias para que las grandes empresas que comercializan sus productos en el mercado europeo y los países consumidores de estos productos apoyen la verdadera transformación del sector desde el inicio de las cadenas de valor, previniendo así, que los productos vinculados a violaciones de derechos humanos, deforestación y otros daños ambientales simplemente encuentren otros mercados sin reducir los impactos negativos a nivel global.


[1] OCDE (2013), Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, OECD Publishing. http://dx.doi.org/10.1787/9789264202436-es, párr.14


Tammy Vallejo       Photo: Tammy Vallejo
Tammy Vallejo es miembro de la Comisión Mundial de Derecho Ambiental de la UICN. Se desempeña como asesora en políticas en la ONG europea Solidaridad con base en Países Bajos. Ha trabajado en Latinoamérica en el desarrollo de políticas públicas y legislación ambiental.